2.2 Características de licenciamiento Open Source

Si bien literalmente Open Source significa tener acceso al fuente de un programa, la O.S.I. creó un decálogo acerca de los términos de distribución de software Open Source que una licencia compatible y certificada por O.S.I. debe contemplar:

(Dicho decálogo esta basado en un draft de Bruce Berens llamado “The Debian Free Software Guidelines” [13])

2.2.1 Redistribución libre

La licencia no debe de restringir a ningún grupo de personas, el derecho de vender o brindar el software como componente de alguna distribución que contenga además, programas de otras fuentes. La licencia no debe requerir ningún pago por derecho de autor o algún otro tipo de pago por dicha venta.

Esto no restringe, sin embargo, que una persona cobre una tarifa por la distribución. Establece solamente que dicho pago no está incluido en el licenciamiento y es sobre un servicio. Free en este contexto no significa gratis, sino de libre distribución.

La palabra inglesa free, según el Oxford Dictionary [14] posee varias acepciones, de las cuales queremos destacar las siguientes:

  1. clear, not blocked, unrestricted. (no bloqueado, no restringido)

  2. ~(to do sth) not controlled or restricted (by rules or convention); permitted to do something. (no controlado o restringido por reglas o convenciones)

  3. [pred]~from/of something (b) not subject to certain rules, etc. Unrestricted. (No sujeto a ciertas reglas. No restringido)

  4. costing nothing. (Sin costo)

Queda claro el porqué de las confusiones y el de la necesidad de aclarar como lo hace la GNU que el uso de free, en cuanto a software, es “free as in freedom” (la traducción literal sería Libre como en Libertad).

2.2.2 Sobre el código fuente

El programa debe incluir el código fuente y debe permitir la distribución tanto en su forma de código fuente como en forma compilada (distribución binaria). Si algún producto no es distribuido con el código fuente, debe existir algún medio público de obtenerlo sin cargo alguno, por ejemplo, que esté disponible para bajarse de Internet. El código fuente es por excelencia la forma por la cual un programador realiza modificaciones en el software, por lo que no se permite código deliberadamente escrito en forma críptica (ofuscated) ni modificaciones en forma de preprocesamiento o traducción. De este modo se asegura que sea fácil modificar los fuentes facilitando su evolución.

2.2.3 Sobre trabajos derivados

La licencia debe permitir modificaciones y trabajos derivados del software y también que dichas modificaciones o trabajos puedan ser distribuidos bajo el mismo licenciamiento del software original. Esto, junto con la libertad para modificar el código fuente, favorece la rápida evolución del mismo.

2.2.4 Integridad del código fuente del autor del Software

La licencia puede restringir la distribución del Software modificado sólo si ella misma permite distribuciones de "patches" junto al código fuente para poder modificar el software al compilarlo. La licencia explícitamente debe permitir la distribución de software compilado de fuentes modificados. La licencia debe exigir la existencia de algún trabajo derivado para cambiar el nombre o versión del software original.

Alentar mejoras es positivo, pero los usuarios tienen derecho a saber quien es el responsable del software que están usando. Los autores y mantenedores, como contrapartida, tienen derecho a saber que software se requiere que mantengan y de ese modo proteger sus reputaciones.

Una licencia Open Source debe garantizar que el código fuente esté disponible pero también puede requerir que sea distribuido en la forma de un fuente original más parches. De este modo cambios 'no oficiales' se pueden distinguir del fuente original.

2.2.5 No discriminación contra personas o grupos de personas

La licencia no debe discriminar a ninguna persona o grupo de personas. Para conseguir el máximo beneficio del proceso de generación de software libre, la máxima diversidad de personas y grupos debe estar habilitada a contribuir en un proyecto de Software de Código Abierto.

Algunos países, como los Estados Unidos, tienen restricciones de importación para ciertos tipos de software. Una licencia puede advertir sobre dichas restricciones pero no incorporarlas ella misma.

2.2.6 No discriminación sobre áreas de utilización

La licencia no debe restringir a nadie de hacer uso del software en un área específica, p.ej. no debe de restringirlo de ser usado en un negocio o para investigación genética.

La intención de este punto es favorecer que el software Open Source se pueda usar comercialmente, p.ej. en ámbitos comerciales.

2.2.7 Distribución de la licencia

Los derechos sobre el programa se aplican sobre todas las personas a quienes se distribuya sin necesidad de alguna otra licencia adicional. De este modo se impide que se “cierre” el código a través de medios indirectos como p.ej. un acuerdo de confidencialidad.

2.2.8 La licencia no debe ser particular a un producto

Los derechos sobre el programa no deben depender de alguna distribución particular de software. A saber, si el programa es extraído de una distribución y es utilizado o distribuido dentro de los términos de la licencia del programa, todas las personas a quienes se distribuyan deben tener también los mismos derechos que fueron otorgados en la distribución original del software.

2.2.9 La licencia no debe restringir otro software

La licencia no debe establecer restricciones de ningún tipo a software externo que sea distribuido conjuntamente con el software contemplado por ella. Por ejemplo, la licencia no debe imponer que otros programas distribuidos en el mismo medio deban ser Open Source

2.2.10 La licencia debe ser tecnologicamente-neutral

La licencia no debe estar embebida en alguna tecnología o interfase particular, esto es, que no requiera algún gesto de asentimiento como forma de aceptación de un contrato (p.ej. el estilo click-wrap). De este modo se habilita una mayor diversidad de medios de distribución.

Estudio del Open/Free (GNU/Linux) como plataforma de servicios de red en entornos empresariales
Daniel Caraballo - Mario Madera - Marcelo Odin
Tutor: Ariel Sabiguero Yawelak
2004 - 2005.