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Circular N° 47-18- CDC - Funcionarios docentes en Régimen de Dedicación Total.

Circular N° 47-18- CDC

Exp. N°. 011000-003473-17 y adj.

                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                        Montevideo, 24 de diciembre de 2018

 

SR. DECANO/DIRECTOR/JEFE

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De mi mayor consideración:

Para su conocimiento y demás efectos, cúmpleme comunicarle la Resolución N°. 15 adoptada por el Consejo Directivo Central de la Universidad de la República, en sesión de fecha 18 de diciembre de 2018:

Visto el literal b) del punto 2 de la Resolución N.º 6 del Consejo Directivo Central del 19 de diciembre de 2017 referido a la posibilidad de otorgar un incentivo al retiro de los funcionarios docentes en Régimen de Dedicación Total que están en condiciones de jubilarse, luego de haber contribuido sustantivamente a la reconstrucción de la Universidad en el período posterior a la restauración democrática;

Considerando:

i) El acuerdo puesto de manifiesto en la discusión de un nuevo Estatuto del Personal Docente en cuanto a la fijación de un límite de edad para el ejercicio de los cargos docentes, aún cuando se desempeñen en Régimen de Dedicación Total;
ii) El actual desfinanciamiento de la partida de Dedicación Total;
iii) La falta de recursos a nivel de los Servicios para políticas de carrera docente;

Atento: A la propuesta formulada por el Pro Rectorado de Investigación en coordinación con las Direcciones Generales de Administración Financiera y Jurídica, antecedentes que lucen en el distribuido N° 1063.18:

El Consejo Directivo Central resuelve:

1- Asignar una partida anual al proyecto Transversal Nº 2, Línea Estratégica “Resguardo docente”, con los fondos liberados de la partida central de Dedicación Total cuyo destino será el pago de un incentivo al retiro de los funcionarios docentes de la Universidad de la República en Régimen de Dedicación Total que cumplan acumulativamente las siguientes condiciones al 1° de enero de 2019:

a) Cuenten con no menos de 25 años de antigüedad en el ejercicio de la función docente;
b) Se encuentren en Régimen de Dedicación Total y hayan permanecido en ese régimen por un lapso no menor de 20 años; a los efectos del cumplimiento de esta condición, se computará como permanencia en el régimen los periodos de interrupción por el desempeño de cargos comprendidos en el inciso 4º del artículo 55º del Estatuto del Personal Docente;
c) Presenten renuncia al cargo y al Régimen de Dedicación Total antes del 31/10/2019 para acogerse a la jubilación; esta renuncia deberá estar en condiciones de ser aprobada antes del 31/12/2019;
d) Manifiesten expresamente su voluntad de acogerse al incentivo previsto en la presente resolución.

2- Establecer que los docentes a que hace referencia el numeral anterior podrán seguir desempeñando funciones académicas en la Universidad de forma honoraria, siempre que la normativa lo habilite.

3- El incentivo será incompatible con la percepción de retribuciones, jubilaciones, pensiones o ingresos de análoga naturaleza, con excepción de la jubilación por su actividad universitaria. Este extremo se acreditará mediante declaración jurada. En caso de percibir los ingresos mencionados deberá optar entre éstos y el incentivo regulado por la presente resolución. No estarán comprendidos en el concepto de retribución la percepción de ingresos derivados de su actividad universitaria como premios, derechos patrimoniales derivados de la protección de la propiedad intelectual o el incentivo del Sistema Nacional de Investigadores.

4- El incentivo consistirá en un monto fijo mensual de $ 25.000, reajustable por el Índice de Precios del Consumo al 1° de enero de cada año, y se pagará durante un término máximo de 5 años. El derecho a percibirlo cesará por fallecimiento del interesado.

5- Cometer a la Dirección General de Administración Financiera en coordinación con la CSIC la instrumentación de las medidas correspondientes para el contralor del cumplimiento de las condiciones previstas en el punto 1, tanto para el otorgamiento del incentivo al retiro como para su continuidad.

6- Cometer a la CSIC, con los asesoramientos que estime necesarios, el seguimiento de la presente resolución y análisis de casos no contemplados en ella, que puedan revestir características similares a las previstas en el punto 1, para una futura consideración.

7- Cometerle asimismo la búsqueda de otros mecanismos de financiamiento que aseguren durante los ejercicios 2019 y 2020 un ingreso fluido al régimen de Dedicación Total.
                                                                                   (15 en 16)


Fdo. Sr. Daniel Rodríguez – Director de División Secretaría General