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Teniendo en cuenta la emergencia sanitaria decretada por el brote de Coronavirus COVID-19 en nuestro país y las resoluciones de rectorado y del gobierno nacional, la Facultad de Ingeniería, comprometida con el cuidado de sus estudiantes y funcionarios, comunica que continúa con la suspensión de actividades presenciales (clases, conferencias, trabajos de campo, etc.) hasta el 12 de abril del corriente.
Les pedimos a los estudiantes que sigan vinculados a sus cursos e ingresen a los espacios en EVA, donde los docentes comunicarán cómo continuará cada curso en las siguientes semanas.
Además se hacen las siguientes precisiones:
Calendario lectivo
La Facultad está trabajando intensamente en la reprogramación del calendario, que dependerá de las resoluciones venideras y la realidad nacional. La información será publicada, en cuanto sea posible, en nuestra web: www.fing.edu.uy
Durante la suspensión de los cursos presenciales no se realizarán actividades de evaluación (parciales, controles, exámenes). Sí se podrá realizar actividades de autoevaluación estudiantil utilizando la plataforma EVA con fines de confirmar el avance.
Estudiantes
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Se continúa con la medida de suspensión de clases presenciales hasta el 12 de abril.
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Recomendamos estar atentos a los cursos de EVA y el correo electrónico para saber como continuarán las actividades en cada curso las siguientes semanas.
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Los cursos semi-presenciales o a distancia con evaluaciones previstas previamente, podrán continuar con su programación.
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Aunque se recomienda fuertemente no venir a la Facultad, habrá espacios de estudio y salas de computadoras abiertos para aquellos que no tengan la posibilidad de conectarse en sus casas. Asimismo, recordamos que los PC's Linux son accesibles remotamente. Instructivo: https://www.fing.edu.uy/sysadmin/salas-estudiantiles-linux/acceso-remoto-v%C3%AD-sshscp
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Apelamos a la solidaridad de los estudiantes para no concurrir a la Institución si no es estrictamente necesario.
Docentes
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A partir del 17 de marzo la facultad estará abierta para aquellos docentes que necesiten desarrollar actividades en sus instalaciones, aunque se recomienda asistir solo si es estrictamente necesario.
Esta medida no se aplica para aquellos docentes a quienes se les ha recomendado permanencia en el domicilio.
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Se insta a continuar, en la medida de lo posible, las clases a distancia o realizar actividades formativas complementarias en sus cursos para enriquecer los procesos de enseñanza, quedando a criterio de los equipos docentes las iniciativas. Según sea el caso, los docentes podrán utilizar las plataformas existentes (EVA, OpenFing) o las que crean necesarias.
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Es importante que se comunique a los estudiantes cómo se desarrollará el curso durante estas semanas. Luego, con la reprogramación del calendario, los equipos docentes evaluarán cómo proseguir los cursos. Los docentes recibirán por correo electrónico las recomendaciones de la UEFI para estas instancias.
Funcionarios TAS
- Disminuir al mínimo indispensable la atención presencial al público, manteniendo, reforzando o implementando los canales de consulta a distancia que correspondan (correo electrónico y teléfono).
- Reducir al mínimo imprescindible las tareas internas a realizar en las distintas dependencias administrativas y de servicios, de modo de permitir continuar con el cumplimiento de las funciones prioritarias indicadas a continuación: Seguridad edilicia, Higiene, Atención de plazos de vencimientos que involucran fondos, Liquidación de haberes, Adquisición de elementos y productos que garanticen la atención sanitaria exigida por el MTSS, Pago a proveedores y Comunicación.
- Será potestad de los respectivos directores de las áreas involucradas la convocatoria a las personas necesarias para cumplir la labor, contemplando la posibilidad de realizarla con dotación mínima, en forma rotatoria de asistencia o a distancia si fuera posible y concentrando acciones, de modo de evitar traslados innecesarios.
- Mantener abierta solamente la entrada principal al edificio central con control de acceso según régimen de fines de semana y feriado en el horario de 6 a 22hs.
- Se habilitará implementos de limpieza de teclados y demás componentes para que los usuarios los utilicen.
- Situaciones de tomas de posesión de cargos se acordarán con directores de instituto
En los próximos días y, en la medida que surjan directivas de rectorado, del gobierno nacional así como de los acuerdos con los gremios se irán tomando nuevas disposiciones.
Quienes asistan a la facultad deberán aplicar las medidas de prevención de contagio del COVID- 19 establecidas por el MSP. Ver: https://www.gub.uy/ministerio-salud-publica/coronavirus
Comunicados de rectorado
Compartimos con la comunidad universitaria el 4to comunicado del Rector de la Universidad de la República sobre las medidas a tomar por parte de la institución en los próxmos días.
Comunicado COVID-19 n.° 4
Montevideo, 16 de marzo de 2020
Visto:
La declaración de emergencia sanitaria nacional, decretada por el Gobierno como consecuencia de la aparición de COVID-19 en Uruguay.
Las nuevas resoluciones de distintos organismos públicos en el marco de la emergencia sanitaria.
Las resoluciones previas tomadas en los comunicados 1, 2 y 3 de la Universidad de
la República sobre este tema específico.
Considerando:
Las complejidades propias de la vida universitaria y las repercusiones de dichas resoluciones previas.
El diálogo mantenido hoy en la reunión de la Mesa Extraordinaria Ampliada del Consejo Directivo Central (CDC) de la Udelar.
La reunión con el comité de expertos en esta jornada y sus aportes.
Las recomendaciones de la Oficina Nacional del Servicio Civil (ONSC) enviadas a los distintos jerarcas de los organismos públicos en el día de hoy.
Y en uso de las potestades concedidas por el art. 26 de la Ley Orgánica,
el rector de la Universidad de la República resuelve:
1) Que la Universidad continúe a disposición de las autoridades nacionales en el proceso de diagnóstico, tratamiento y mitigación de la propagación del coronavirus, tal como se ha comunicado con relación a los kits de diagnóstico que se están elaborando junto con el Institut Pasteur del Uruguay.
2) Que todas las dependencias universitarias permanezcan abiertas salvo aquellos casos en los que se indique expresamente lo contrario por las autoridades correspondientes, como ya se hizo en las sedes del litoral norte.
3) Que se habilite en todos los casos en que sea posible el trabajo de manera remota, con especial atención a las recomendaciones que tanto la Universidad de la República, como el Ministerio de Salud Pública (MSP) y el Sistema Nacional de Emergencia (SINAE) actualizan a diario.
4) Que se asegure la continuidad de todos los servicios, tomando en cuenta las excepciones en cuanto a asistencia mencionadas en los siguientes numerales.
5) Que se exima de la obligación de asistencia a aquellas personas que se encuentran comprendidas en los grupos de riesgo. A saber:
- Personas mayores de 60 años
- Mujeres embarazadas
- Personas con afecciones médicas preexistentes que las conviertan en población de riesgo (diabetes, inmunodepresión, enfermedades autoinmunes, problemas cardíacos, problemas respiratorios crónicos, pacientes oncológicos) o en cualquier otra situación por la que tengan indicación médica de permanecer en domicilio.
6) Que se deje a criterio de las autoridades de los servicios la evaluación caso a caso de la situación de las personas que expresen dificultad para asistir en su horario habitual de trabajo por tener asumir tareas de cuidados de niños y niñas en edad escolar o preescolar, con la mayor celeridad posible en la respuesta a dichas solicitudes.
7) Que, tal como lo establecen las disposiciones del Poder Ejecutivo, permanezcan obligatoriamente en sus casas las personas que:
- hayan sido diagnosticados con COVID-19.
- se encuentren en Uruguay tras haber visitado o haber estado en tránsito recientemente en los países de riesgo según la lista actualizada por el MSP y SINAE, publicada en las páginas oficiales de ambas instituciones.
- tengan la certeza de haber estado en contacto directo con pacientes diagnosticados con COVID-19, hasta tanto se confirme el diagnóstico y en caso de ser positivo, en los 14 días posteriores al contacto.
8) Que se habilite a los servicios universitarios a implementar los cambios de horario que consideren convenientes, así como modalidades organizativas de trabajo en grupos o con rotatividad, con el criterio de que, siempre que sea posible:
- se evite la aglomeración de personas en un mismo espacio físico;
- se evite el traslado en transporte público en horas pico.
9) Que se disminuya al mínimo indispensable la atención presencial al público, manteniendo, reforzando o implementando los canales de consulta a distancia que correspondan (correo electrónico y teléfono).
10) Que se hagan las gestiones necesarias para implementar a la brevedad posible las disposiciones de prevención, control y actuación del Consejo Nacional de Salud y Seguridad en el Trabajo (Conassat) citado por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) el viernes 13 de marzo del corriente año.
11) Que se minimicen posibles retrasos curriculares a través de un plan de contingencia para diseño o rediseño de la actividad de enseñanza y aprendizaje en línea a lo ya elaborado y la reprogramación de cursos cuando corresponda. Este plan incluye recursos tecnológicos y apoyos personales para esta tarea y se potenciará con dispositivos de apoyo a estudiantes y docentes.
12) Que se trabaje con celeridad para garantizar el servicio de alimentación a los usuarios de comedores universitarios, a través de vías alternativas a las usuales.
Se agradece a la comunidad universitaria que esté atenta a medidas a tomar en las próximas horas y que procuremos contribuir desde una perspectiva solidaria a mitigar el avance del virus.
Rodrigo Arim
Rector
Compartimos la nueva resolución del rector de la Universidad tomada el domingo 15 de marzo del corriente.
A la brevedad se dará a conocer la reprogramación del calendario de Facultad, atendiendo a las disposiciones del rectorado y del gobierno nacional.
Montevideo, 15 de marzo de 2020
Visto
El anuncio de nuevos casos confirmados de Coronavirus COVID-19 en el país.
Las dificultades para evaluar los riesgos de propagación y contagio con la información disponible en la fecha por parte de la Universidad de la República.
Considerando:
los riesgos de contagio propios de la vida universitaria, caracterizada por la alta movilidad e interacción de docentes, funcionarios y estudiantes
Haciendo uso de las potestades concedidas por el art. 26 de la Ley Orgánica,
el Rector de la Universidad de la República resuelve:
- Mantener en todos sus términos las resoluciones de los días 13 y 14 de marzo atinentes a suspensión de clases y cierre de establecimientos universitarios en el litoral norte, con las siguientes precisiones y agregados:
- Las clases presenciales (pregrado, grado y posgrado) y trabajos de campo se suspenden hasta el 12 de abril de 2020.
- Reducir al mínimo imprescindible las reuniones e intercambios presenciales para el funcionamiento de la institución y el cumplimiento de sus funciones. Las autoridades de los servicios establecerán las excepciones que consideren indispensables a este criterio general.
- Suspender todos los seminarios, disertaciones, conferencias y congresos independientemente del número de participantes hasta el 12 de abril de 2020
- Las autoridades de los servicios donde se desarrollan actividades clínicas determinarán las pautas de funcionamiento correspondientes, dada la emergencia sanitaria y poniendo a disposición la capacidad de la Universidad como actor relevante para afrontar la situación crítica.
- Las estaciones experimentales funcionarán con las pautas estipuladas por los decanos de los servicios responsables.
- Es imprescindible asegurar que se mantenga el funcionamiento adecuado de los sistemas de limpieza y la disponibilidad de elementos de higiene en los servicios.
- Informar que la Universidad de la República se encuentra abocada al diseño de medidas de contingencia que permitan mantener los procesos formativos bajo esquemas de aprendizaje a distancia, minimizando los daños causados por la interrupción de la formación presencial. Desde los servicios y rectorado se comunicará durante la semana entrante las resoluciones adoptadas con tal finalidad.
Relativo al funcionamiento durante el lunes 16 de marzo: - Durante el día lunes 16 de marzo se exonera de asistir a los lugares habituales de trabajo a funcionarios TAS y docentes, siempre que sus tareas no resulten imprescindibles para la institución en esta circunstancia, pero manteniendo guardias funcionales por área.
- Los responsables de los servicios determinarán la operativización de la resolución y las funciones y áreas consideradas imprescindibles en cada caso, señalando las pautas de funcionamiento presencial ante la emergencia y la organización de la actividades desde los domicilios cuando corresponda.
- Funcionarios y docentes deben concurrir al servicio de ser convocados por las autoridades, salvo que se encuentren en cuarentena, o cumplan con las siguientes condiciones:
- haber viajado a zonas con casos confirmados de COVID-19, en los 14 días posteriores a su regreso al país;
- haber estado en contacto con casos confirmados de COVID-19, en los 14 días posteriores a dicho contacto
- haber estado en contacto con casos determinados como sospechosos de COVID-19 por algún servicio de salud, hasta tanto se cuente con el resultado del test que descarte la sospecha, o por un plazo máximo de 14 días corridos desde el contacto con la persona sospechada, según corresponda.
- Funcionarios TAS y docentes mayores de 65 años o embarazadas se encuentran exonerados de concurrir al lugar de trabajo en todos los casos.
- El resto de los funcionarios TAS y docentes deberá permanecer a las órdenes para desarrollar actividades desde su domicilio o concurrir al servicio si así lo dispusieran las autoridades del mismo.
- Los locales universitarios deberán permanecer abiertos, pero con actividades reducidas. En particular, aquellos locales con servicios de comedor descentralizado deberán asegurar la disposición de las viandas descartables para los becarios, tal como fue implementado por el Servicio de Bienestar Universitario, el cual ha diseñado un mecanismo para evitar aglomeraciones en las horas de retiro de las viandas.
- Informar que Rectorado ha convocado a tres instancias de coordinación para el día lunes 16 de marzo:
- Comité de emergencia con académicos/as y profesionales de la Universidad en condiciones de aportar elementos que permitan trazar una estrategia para abordar la crisis sanitaria, mitigar el contagio y analizar la articulación con otras instituciones;
- Reunión con las autoridades del Hospital de Clínicas para evaluar la capacidad de respuesta institucional y medidas excepcionales que deberían implementarse;
- Mesa del Consejo Directivo Central extraordinaria, incluyendo a delegaciones de AFFUR y UTHC
- Las autoridades de los servicios cuentan con la potestad de evacuar dudas o tomar criterios de operativización que consideren pertinentes para el cumplimiento o de los fines estipulados. Rectorado, los decanatos y las direcciones de los servicios se encuentran en comunicación permanente para procesar con la mayor celeridad y eficacia posible las dificultades que emerjan en el desarrollo de la situación.
- En base a los elementos que surjan de las instancias señaladas en el punto anterior, Rectorado comunicará a la comunidad universitaria y al país las pautas de funcionamiento para los días venideros, las estrategias para minimizar las pérdidas académicas desencadenadas por la situación de emergencia y las medidas a adoptar para colaborar en el combate a la propagación epidemiológica.
Rodrigo Arim
Rector de la Udelar
Haciendo uso de las potestades concedidas por el art. 26 de la Ley Orgánica, el rector de la Universidad de la República Rodrigo Arim, resolvió suspender las clases y actividades académicas presenciales desde el 14 al 21 de marzo del corriente.
Por el contrario, se insta a los docentes y estudiantes a continuar las actividades NO presenciales -incluyendo clases- y trabajos a distancia, con las plataformas y recursos que se crean adecuados.
Comunicado 13/03/20 - Coronavirus
Visto: el anuncio de cuatro casos confirmados de Coronavirus COVID-19 en el país.
Considerando: los riesgos de contagio propios de la vida universitaria y con la intención de mitigar la expansión de la transmisión del Coronavirus COVID-19
Haciendo uso de las potestades concedidas por el art. 26 de la Ley Orgánica, el Rector de la Universidad de la República resuelve:
Respecto a actividades académicas a desarrollarse entre de 14 y el 21 de marzo del corriente:
• Suspender las clases (pregrado, grado y posgrado). Esto abarca las actividades realizadas curricularmente por estudiantes en campo.
• Suspender todas las actividades académicas (seminarios, disertaciones, etc), que prevean la participación de más de 50 personas en un mismo espacio físico.
• Instar a estudiantes y docentes que participan en actividades curriculares de asistencia a la salud, a seguir los criterios técnicos definidos por la Facultad, Instituto o Escuela del área salud en la que le corresponda cumplir funciones.
• Esta suspensión se realiza a los efectos de estudiar las contingencias con los servicios referentes en la temática y no implica la continuidad de la medida luego de finalizado el plazo estipulado.
• En caso de continuar el riesgo sanitario más allá del plazo, se buscarán medidas que mitiguen el impacto en la función de enseñanza, las cuales serán debidamente comunicadas.
Respecto a las actividades laborales de funcionarios docentes, administrativos, técnicos y de servicios de la Universidad de la República:
• Que se continúe cumpliendo normalmente las funciones en dependencias universitarias que no se establecen como suspendidas en los párrafos anteriores.
• Exonerar de la obligación de asistencia a quienes hayan viajado a zonas con casos confirmados de COVID-19, en los 14 días posteriores a su regreso al país, recomendando enfáticamente la no asistencia a la institución.
• Exonerar de la obligación de asistencia a quienes hayan estado en contacto con casos confirmados de COVID-19, en los 14 días posteriores a dicho contacto, recomendando enfáticamente la no asistencia a la institución.
• Exonerar de la obligación de asistencia a quienes hayan estado en contacto con casos determinados como sospechosos de COVID-19 por algún servicio de salud, hasta tanto se cuente con el resultado del test que descarte la sospecha, o por un plazo máximo de 14 días corridos desde el contacto con la persona sospechada, según corresponda.
• Quienes no concurran a sus lugares de trabajo por algunas de las razones antes indicadas, deberán avisar a la persona responsable de su área, así como al área de personal de su servicio, indicando por cuáles de los motivos lo solicita.
• Los respectivos servicios o dependencias universitarias tomarán las medidas necesarias para que quienes se encuentren exonerados de asistencia, realicen tareas laborales en comisión si no presentan síntomas de enfermedad.
• La Dirección General de Personal establecerá los lineamientos mediante los cuales las personas exoneradas de asistencia deberán presentar los correspondientes justificativos posteriormente a los 14 días establecidos.
Se solicita a la comunidad universitaria que las consultas específicas sean dirigidas a las autoridades de su respectiva Facultad, Escuela, Instituto, Centro Universitario Regional u otra dependencia universitaria, los cuales cuentan con personas de referencia en permanente contacto con Rectorado.
Se convoca a la comunidad universitaria a permanecer atentos a futuros comunicados emitidos por Rectorado o su respectivo servicio universitario.
Rodrigo Arim
Rector
Calendario de Actividades de Fing
En cuanto sea posible, se brindarán detalles de la reprogramación del calendario de actividades curriculares de la Facultad.