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Criterios Generales para la Asignación de Períodos de Exámenes

Exp. Nº 061030-000558-02.
Establecer los siguientes criterios generales para la asignación de períodos de exámenes para las asignaturas de todas las carreras de Facultad a excepción de las carreras de Ingeniería Química y de Alimentos:

  1. Las asignaturas  que no presentan ninguna forma de evaluación de conocimientos durante el curso tendrán cuatro períodos de exámenes. Esto incluye a las asignaturas que tienen examen libre, es decir que no requieren inscripción a curso. Dichos períodos serán: período de exámenes y parciales del semestre impar; período de exámenes y parciales del semestre par, período de exámenes de febrero, primera y segunda parte.

  2. Las asignaturas que permiten la aprobación completa (exoneración total) a través de la evaluación de conocimientos durante el curso tendrán tres períodos de exámenes. Dichos períodos serán: período de exámenes y parciales del semestre impar; período de exámenes y parciales del semestre par; período de exámenes de febrero, segunda parte.

  3. Encomendar a la Comisión Académica de Grado que realice un estudio más detallado de las asignaturas no comprendidas en los puntos 1 y 2 de esta resolución y elevarlo a consideración de este Consejo. Este estudio se debe encarar en la globalidad de las carreras.

  4. Las asignaturas que no se encuentren enmarcadas en los casos anteriores tendrán el número de períodos de exámenes que establezca el Consejo de Facultad, a sugerencia de la Comisión Académica de Grado, que resolverá en coordinación con la Comisión de Instituto responsable de la asignatura y las Comisiones de las Carreras que toman dicha asignatura.

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