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Elecciones Universitarias 2022

La Corte Electoral decidió postergar las elecciones de la Universidad de la República. La nueva fecha establecida, donde se elegirán los representantes de los tres órdenes a los Consejos de Facultades, es el 16 de noviembre de 2022.

En esa sección se irá actualizando la información (última actualización 10 de noviembre de 2022)

Consulta de padrón

Calendario

  • Del  6 al 26 de setiembre: Recursos al padrón en https://www.corteelectoral.gub.uy/elecciones-universitarias-2022
  • 3 de octubre, 15:00 hs: Vence registro de lemas y solicitud de números (Inicia tramite on line - finaliza en forma presencial)
  • 17 de octubre, 15:00 hs: Último día de registro de hojas de votación (trámite presencial)
  • 26 de octubre, 15:00 hs: Último día de remisión de hojas de votación para circuitos (trámite presencial)
  • Fecha de elecciones: 16 de noviembre de 2022

Consultas en Fing

  • A través de la casilla: elecuniv2022@fing.edu.uy
  • Clases el día de las elecciones:  La Facultad comunica que se dictarán clases normalmente en Fing hasta las 18.30 h del miércoles 16 de noviembre. A partir de la finalización del horario de votación, y por disposición de la Corte Electoral, se cerrarán los edificios Central y Polifuncional para finalizar la votación y realizar el escrutinio, por tanto las clases se suspenden a partir de 18.30 h. Además, por estar afectados a circuitos de votación, no estarán disponibles los espacios de estudio ni la biblioteca.
    https://www.fing.edu.uy/sites/default/files/2022-11/Circular_Fing_N%C2%B08_2022_ClasesEleccionesUniversitarias.pdf

Más información

Preguntas Frecuentes

¿Dónde me toca votar?

El buscador oficial de las elecciones se encuentra disponible en: https://aplicaciones.corteelectoral.gub.uy/universitarias2022/buscadore…

¿Qué se vota?

Se eligirán los representantes de los tres órdenes a los Consejos de Facultades en la Universidad de la República.

¿Cuándo se vota?

La elección se celebrará el día 16 de noviembre de 2022 en el horario de 8 a 19 h en todo el país.

¿Dónde puedo ver las listas y opciones para votar?

La Udelar confeccionó un buscador con todas las listas organizadas por Facultad y por Orden: https://udelar.edu.uy/elecciones/category/listas/

¿Son obligatorias? ¿Hay sanciones?

Si, el voto en las elecciones es obligatorio y la corte prevé sanciones si no es justificado en tiempo y forma.
Sanciones: 

  • Estudiantes: Imposibilidad de rendir exámenes durante dos períodos consecutivos.
  • Docentes y egresados: Multa de cinco unidades reajustables.
¿Quiénes deben votar?

Son electores y elegibles en cada Orden para las respectivas delegaciones a los distintos órganos universitarios: 
a) Los estudiantes que rindieron por lo menos un examen o ganado un curso en los dos años anteriores al de la elección o en lo que haya transcurrido del año en que la elección se efectúa y aquellos que, habiendo aprobado el ciclo anterior hubiesen ingresado en ese año, estuviesen matriculados y no hubiesen perdido sus cursos.
Los estudiantes que a la fecha del cierre del padrón hayan culminado su carrera serán incluidos en el padrón en el Orden docente o en el de Egresados, según corresponda, aún cuando no se hayan registrado sus títulos. 
b) Los docentes que tengan en tal calidad una antigüedad de un año por lo menos a la fecha de la elección.
c) Los egresados que figuren en los registros con título expedido por la Udelar.

La información completa de los los electores se encuentra en el Reglamento de Elecciones Universitarias 2022

¿La Generación 2022 debe votar?

La Generación 2022 estará incluida en los padrones y deberán votar.

¿Qué pasa si pertenezco a más de un Orden?

Para la elección se determina la siguiente prelación para el caso de que una persona pertenezca a más de un Orden de electores, a los efectos de precisar en cuál de ellos está habilitado para votar: ESTUDIANTIL, DOCENTE Y EGRESADO.

La información completa de los los electores se encuentra en el Reglamento de Elecciones Universitarias 2022

¿Dónde veo el plan circuital? 

Está disponible en: https://www.corteelectoral.gub.uy/elecciones-universitarias-2022-planes…

¿Puedo votar en otro departamento? 

En ningún caso se admitirá el voto observado interdepartamental.

¿Qué pasa con quienes están cursando un posgrado?

Los estudios de posgrado no están incluídos entre las carreras consideradas para las elecciones universitarias. Por ser estudiantes de posgrado en sí no integran ningún padrón, podrían votar como docentes, egresados o egresadas, o estudiantes, según corresponda, en función de otros vínculos diferentes con la institución al de sus estudios de posgrado.

¿Se puede justificar de alguna forma el hecho de no votar?

Las personas que se consideran amparadas por alguna causa de justificación de la no emisión del voto, deberán comprobarla fehacientemente ante la Corte Electoral, hasta 60 (sesenta) días después del acto eleccionario (16 de enero de 2023).
La gestión de justificación de la no emisión de voto podrá hacerla el interesado de forma remota, a través de la página web de la Corte Electoral.

Serán causas fundadas para el no cumplimiento de la obligación de votar:
A) Haber estado imposibilitado de votar por razones de fuerza mayor.
Se considerará causa de fuerza mayor el residir o encontrarse fuera del departamento en el que le corresponda votar, lo que se acreditará mediante prueba documental o a sola declaración en el formulario web que dispondrá la Corte Electoral en su página web.
B) Padecer enfermedad, invalidez o imposibilidad física que impida, el día de la elección, concurrir a la Comisión Receptora de Votos.
Deberán acreditar pruebas mediante certificado médico acompañado de timbre profesional.
Las causas que impidieron al elector concurrir a votar el día de la elección persistieran en los días subsiguientes, el plazo de 60 (sesenta) días comenzará a computarse a partir de la fecha en que dichas causas hayan desaparecido, lo cual deberá ser comprobado fehacientemente
C) Hallarse ausente del país el día de las elecciones.
Podrán justificarlo por cualquier medio de prueba documental (certificado de la Dirección Nacional de Migración donde conste la fecha de salida y entrada al país; pasaporte o pasajes que acrediten dichos extremos; constancia de trabajo en el exterior u otros de
similar naturaleza). Para este caso el plazo de justificación de 60 días comenzará a correr a partir del día de ingreso al Uruguay.