Exp. Nº 061030-000558-02.
Establecer los siguientes criterios generales para la asignación de períodos de exámenes para las asignaturas de todas las carreras de Facultad a excepción de las carreras de Ingeniería Química y de Alimentos:
- Las asignaturas que no presentan ninguna forma de evaluación de conocimientos durante el curso tendrán cuatro períodos de exámenes. Esto incluye a las asignaturas que tienen examen libre, es decir que no requieren inscripción a curso. Dichos períodos serán: período de exámenes y parciales del semestre impar; período de exámenes y parciales del semestre par, período de exámenes de febrero, primera y segunda parte.
- Las asignaturas que permiten la aprobación completa (exoneración total) a través de la evaluación de conocimientos durante el curso tendrán tres períodos de exámenes. Dichos períodos serán: período de exámenes y parciales del semestre impar; período de exámenes y parciales del semestre par; período de exámenes de febrero, segunda parte.
- Encomendar a la Comisión Académica de Grado que realice un estudio más detallado de las asignaturas no comprendidas en los puntos 1 y 2 de esta resolución y elevarlo a consideración de este Consejo. Este estudio se debe encarar en la globalidad de las carreras.
- Las asignaturas que no se encuentren enmarcadas en los casos anteriores tendrán el número de períodos de exámenes que establezca el Consejo de Facultad, a sugerencia de la Comisión Académica de Grado, que resolverá en coordinación con la Comisión de Instituto responsable de la asignatura y las Comisiones de las Carreras que toman dicha asignatura.
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